Santo Domingo Norte R.D.
19 de Marzo del 2021
Dr. Román E. Caamaño Vélez
Director General del Instituto
Dominicano de Aviación Civil (IDAC).
Su Despacho.
Distinguido Señor:
La nueva directiva de la Asociación Nacional de Pilotos de la Republica Dominicana ,se
dirige a Usted para pedir que interponga sus buenos oficios en seguir ayudando a la
recuperación de la industria Nacional de la Aviación civil Nacional, la cual ha sufrido una
crisis económica como resultado de la Pandemia del COVID 19 en el año 2020 y 2021.
Nuestra industria depende primordialmente de técnicos y profesionales pilotos, técnicos
de mantenimiento, despachadores de vuelo, tripulantes de cabina, personal de seguridad y
apoyo en tierra que han quedado desamparados con el cierre de diferentes empresas aéreas,
y la secesión de las operaciones. Por lo cual, muchas familias en nuestro sector están
sufriendo un gran impacto económico al momento.
Nuestra solicitud al momento está dirigida a lograr primeramente la activación de los
instructores de vuelo autorizados, quienes representan un pilar para que gran parte de la
población de pilotos nacional logre reentrenarse y volver de forma segura a las cabinas de
vuelo.
Los instructores de vuelo autorizados por el IDAC deben según el Reglamento
Aeronáutico Dominicano RAD 61.197 de renovar su licencia cada 24 meses, estos
profesionales realizan dicha renovación cuando su licencia no ha vencido a través de un
seminario, sin embargo si su certificado ya expiro deben tomar un examen y un chequeo de
vuelo.
Como entenderá en el año 2020 no se realizaron ningún seminario de renovación como
aplica en la Circular de Asesoramiento CA 61-1 emitida por ese digno instituto, y ya lo que
ha concurrido del 2021 ha puesto a muchos instructores en la banca de espera ya que no se
ha formalizado ningún seminario con este fin y sabemos que entiende que la posición
económica al momento, no le permitirá a muchos de ellos solicitar el chequeo de vuelo
debido a costo que supone.
Si usted, concediese una excepción a esta regla basado el artículo 56 de la ley 491-06,
donde sea concedido una extensión del tiempo de valides de los certificados vencidos entre
enero 2021 y abril 2021 de los Instructores de vuelos nacionales con al menos 90 días,
nuestra asociación estaría dispuesta a proveer dicho seminario de recertificación de forma
gratuita y bajo un programa y un instructor ya previamente aprobados por el IDAC.
Sin más por el momento, y esperando su respuesta positiva para lograr la reactivación de
nuestra aviación nacional se despide de usted.
Cap. Piloto/Bolivar Batista
Presidente ANP